miércoles, 28 de enero de 2009

Calendario Escolar 2009


DECRETO Nº -ME-2008.-

SAN LUIS,

“Año de las Culturas Originarias de San Luis”
V I S T O:

El Expediente Nº 0000-2008-085867, por el cual se tramita la aprobación del Calendario Escolar Único año 2009, para las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo de la Provincia, y;

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Calendario es un instrumento de trabajo organizador y de consulta permanente para las instituciones educativas;

Que establece el cronograma de actividades correspondiente al ciclo lectivo 2009;

Que el referido Calendario Escolar Único ha sido elaborado en el marco de la legislación vigente;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:
ART.1º.- APROBAR para todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo el Calendario Escolar Único para el año 2009, que implica el cumplimiento efectivo de ciento ochenta (180) días de clase, como mínimo, y que a continuación se consigna:

CONSIDERACIONES GENERALES:
El Calendario Escolar Único está destinado a los Establecimientos Educativos de gestión pública y privada, a fin que se facilite la elaboración y cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI), procurando que aquellos cuenten con la información precisa y amplia.-

PERIODO ESCOLAR:
Es el lapso durante el cual se desarrolla el Ciclo Lectivo y las actividades anteriores y posteriores al mismo, programadas para el logro de los objetivos de cada establecimiento dentro de un mismo año calendario.-

CICLO LECTIVO:
Es el lapso durante el cual se desarrolla el proceso de enseñanza y aprendizaje de los educandos.-

INICIACIÓN Y FINALIZACION DEL CICLO LECTIVO:
Para el Nivel Primario: del 02 de Marzo al 09 de Diciembre de 2009.
Para el Nivel Secundario: del 02 de Marzo al 09 de Diciembre de 2009.

PERIODO ESCOLAR:
Personal Jerárquico y Administrativo: del 17 de Febrero al 21 de Diciembre de 2009.
Personal Docente: del 17 de Febrero al 21 de Diciembre de 2009.

RECESO ESCOLAR DE INVIERNO:
Del 13 al 24 de Julio de 2009.-

RECESOS ESCOLARES:
Los recesos escolares serán los que a continuación se indican:
- Durante el periodo escolar común o especial, en las fechas que anualmente determine el Calendario Escolar.
- Los feriados nacionales: 1 de Enero, 24 de Marzo, 1 de Mayo, 25 de Mayo, 20 de Junio, 9 de Julio, 17 de Agosto y 12 de Octubre, conmemoraciones especiales, como los días no laborables establecidos por Ley Nacional, Decretos Provinciales y/o Municipales.
- El 11 de Septiembre (Día del Maestro) para el personal docente y alumnos de los Establecimientos de todos los niveles, dependientes del Ministerio de Educación.
- El 21 de Septiembre (Día del Estudiante) para los Establecimientos de todos los niveles dependientes del Ministerio de Educación.
- El día de la fiesta patronal (provincial o local) cuando ese día haya sido declarado feriado o no laborable por la autoridad provincial o municipal, según la jurisdicción que corresponda.

REUNIONES PROGRAMADAS – JORNADAS DE REFLEXION:
Se realizará una (1) Jornada de Reflexión al año, con suspensión de clases, con comunicación a los Supervisores, para tratar temas sobre evaluación institucional, evaluación del proceso enseñanza y aprendizaje, monitoreo, acompañamiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI), y Proyecto Curricular Institucional (PCI).Lo tratado en cada Jornada deberá constar, como cualquier reunión de personal, en el libro de Actas de la Institución. Durante el Término Lectivo los directivos y docentes efectuarán reuniones con los padres de los alumnos según los turnos y facilidades horarias que dispongan.
Para la realización de dicha Jornada los Supervisores deberán elaborar un cronograma de reuniones de las Escuelas a su cargo e informar al Programa Educación Obligatoria, con presentación del temario a desarrollar.

TRIMESTRES:

1° TRIMESTRE:
- Nivel Primario: del 02 de Marzo al 29 de Mayo de 2009.
- Nivel Secundario: del 02 de Marzo al 29 de Mayo de 2009.
- Trimestrales: del 20 al 27 de Mayo de 2009.

2° TRIMESTRE:
- Nivel Primario: del 01 de Junio al 10 de Septiembre de 2009.
- Nivel Secundario: del 01 de Junio al 10 de Septiembre de 2009.
- Trimestrales: del 01 al 07 de Septiembre de 2009.

3° TRIMESTRE:
- Nivel Primario: del 14 de Septiembre al 09 de Diciembre de 2009.
- Nivel Secundario: del 14 de Septiembre al 09 de Diciembre de 2009.
- Trimestrales: del 30 de Noviembre al 04 de Diciembre de 2009.

EXAMENES:
- Nivel Primario:
Del 23 al 27 de Febrero de 2009 y del 14 al 18 de Diciembre de 2009.
- Nivel Secundario:
Del 19 al 27 de Febrero de 2009: regulares, previos, libres y de equivalencias.
- Del 27 al 31 de Julio de 2009: previos, libres y de equivalencias (sin suspensión de actividades).
- Del 14 al 18 de Diciembre de 2009: regulares, previos, libres y de equivalencias.
Las instituciones escolares ofrecerán dos (2) turnos de exámenes especiales en los meses de Mayo y Agosto a pedido de los alumnos, para garantizar el inicio del año siguiente sin adeudar materias pendientes. A tal efecto, los primeros cinco (5) días hábiles de los meses antes mencionados, el alumno deberá registrar su inscripción y la dirección determinará dentro de los tres (3) últimos días hábiles del mes, las fechas de exámenes correspondientes. En caso que el alumno no se presente al examen para el cual se inscribió, no podrá inscribirse en el turno siguiente. Los días y horarios de exámenes deberán ser publicados con la debida antelación.
Los exámenes previos, libres y de equivalencias, de todos los turnos, se deberán realizar sin suspensión de actividades.

CLASES DE APOYO Y RECUPERACIÓN:
Para todos los niveles y modalidades: 10 y 11 de Diciembre de 2009.

ACTIVIDADES DE CIERRE DEL PERIODO ESCOLAR:
21 de Diciembre de 2009.

A) INSCRIPCIONES:
Las fechas de inscripción de los alumnos de la Institución para el Ciclo Lectivo 2010 lo establecerá el Director de cada Escuela, siendo responsabilidad de éste comunicar las fechas de inscripción de forma fehaciente a toda la Comunidad Educativa (padres, tutores, alumnos).

B) COBERTURA DE VACANTES:
La cobertura de vacantes se realizará priorizando:
1)A los hermanos de los alumnos del Establecimiento.
2)Radio de acción de la Institución.
3) Hijos del Personal sin influencias de cargos, sino de necesidades comunitarias.
4) Los Hijos de las Familias llegadas a la Provincia que corresponda al radio de la Escuela.
En caso que los aspirantes excedan el número de vacantes disponibles se realizará el sorteo correspondiente en fecha a determinar por la Institución comunicada fehacientemente a los interesados.

PERIODO ESCOLAR ESPECIAL ESCUELA N° 401 “GRANADERO PASCUAL ROSALES” – MESILLA DEL CURA – DPTO. SAN MARTÍN.
PERIODO ESCOLAR ESPECIAL:
Desde el 04 de Septiembre de 2009 al 08 de Junio de 2010.
RECESO ESCOLAR:
Del 04 al 15 de Enero de 2010.
TRIMESTRES:
1° TRIMESTRE:
Del 04 de Septiembre al 27 de Noviembre de 2009.
2° TRIMESTRE:
Del 30 de Noviembre de 2009 al 09 de Marzo de 2010.
3° TRIMESTRE:
Del 10 de Marzo al 28 de Mayo de 2010.
EXAMENES:
Del 01 al 08 de Junio de 2010.
ACTIVIDADES DE CIERRE DEL CICLO LECTIVO:
9 al 16 de Junio de 2010.

ART.2°.- Establecer que las disposiciones especiales y generales se dispondrán en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente Decreto.-

ART.3º.- Disponer que el Programa Educación Obligatoria, a través de Áreas de su dependencia, notifique a todos los establecimientos educativos.-

ART.4º.- Hacer saber a: Programa Educación Obligatoria; Programa Capital Humano; Subprograma Recursos Humanos Docentes; Subprograma Organización y Gestión Escolar, Subprograma Educación Inicial y Primaria; Subprograma Infraestructura; Subprograma Educación Secundaria; Área Educación Inicial; Área Modalidades Especiales; Área Educación Privada; Área Escuelas Experimentales; Supervisión General y por su intermedio a las Supervisiones Provinciales y Regionales y Juntas de Clasificación Docente Sede San Luis, Villa Mercedes y Concarán.-

ART.5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Educación.-

ART.6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-


ALBERTO JOSE RODRÍGUEZ SAÁ
SILVIA RODRÍGUEZ

ES COPIA:


ANEXO I
CALENDARIO ESCOLAR AÑO 2009.


1) Actividades previas al inicio del ciclo lectivo.
Estará destinado a la realización de las siguientes actividades:
• Formulación del Proyecto Educativo Institucional teniendo como base la evaluación institucional.
• Reuniones de personal directivo y docente.
• Elaboración de acuerdos institucionales para la elaboración o revisión del Proyecto Curricular Institucional.
• Inscripción, información y orientación de los docentes.
• Relevamiento de Población Escolar.
• Preparación del ambiente escolar, material didáctico, etc.
• Exámenes recuperatorios, previos, libres y libres por equivalencia.

2) Actividades posteriores a la finalización del ciclo lectivo.
Estará destinado a la realización de las siguientes actividades:
• Actividades de apoyo y/o consulta para los alumnos que deben recuperar.
• Exámenes recuperatorios, previos, libres y libres por equivalencias.
• Confección y control de la siguiente documentación: Libro de Actas de Exámenes, Libro Matriz, Cuadernillos Anuales de Calificación.
• Confección de Certificaciones.
• Reuniones de personal directivo y docentes, evaluación del trabajo del período escolar y planificación de las actividades para el período escolar siguiente.
• Realización de tareas de mantenimiento y preservación de equipos, aparatos, máquinas, instrumental, herramientas, edilicio, etc.
• Actualización y presentación de inventario de bienes (SIGGE).

3) Suspensión de actividades.
El/la director/a del establecimiento podrá disponer la suspensión de las actividades escolares dando cuenta de su decisión a la superioridad, con anterioridad o inmediatamente después de producida, según corresponda en los siguientes casos:
• Actos celebratorios de 25, 50, 75, 100 años de la fundación del establecimiento.
• Día del sepelio de un miembro del personal o alumno del establecimiento.
• Por razones sanitarias o de seguridad que hiciere indispensable la adopción de esta medida.
• En ocasión de peligro inminente y grave por causas de catástrofe o calamidad pública.


4) Recuperación de clases no desarrolladas.
La suspensión de clases por causas no previstas en el punto anterior, podrán ser autorizadas, siempre que se determine la forma de recuperarlas, de modo tal que se asegure el mínimo de clases establecidas en el presente Decreto.
Cuando el docente sea convocado por el Ministerio de Educación para realizar una actividad que le impida asistir a sus obligaciones diarias, será eximido de las mismas, debiendo preparar y proponer la recuperación con los alumnos. (Feria de Ciencias, Competencias deportivas, Comisión de Servicios, etc.).

5) Inasistencias no computables.
No se computarán las inasistencias en que incurrieren los miembros del personal y alumnos de credos no católicos reconocidos en ocasiones de las máximas festividades religiosas de su respectiva confesión.
Será requisito para no computar las inasistencias de los alumnos la manifestación escrita de los padres o tutores y en caso del personal la presentación del interesado.

6) Inicio y finalización de las actividades diarias.
Al iniciarse las actividades diarias se izará la Bandera Nacional, la que será arriada al concluir la jornada. Ambas ceremonias se realizarán de conformidad a las normas establecidas.

7) Conmemoraciones.
Tienen por objeto contribuir a la formación integral de los alumnos.
Las siguientes fechas se realizarán con actividades que exalten los valores de nuestra nacionalidad y con la participación de toda la comunidad educativa:

• El 25 de Mayo: El mismo día, con la asistencia de todo el personal y alumnos, padres y comunidad en general. No se considera asueto compensatorio. Están exceptuados de la misma las escuelas que participan de las actividades programadas oficialmente.
• El 20 de Junio: El día hábil anterior en la primera o última hora de clase, sin suspensión de actividades.
• El 9 de Julio: El mismo día, con la asistencia de todo el personal y alumnos, padres y comunidad en general. No se considera asueto compensatorio. Están exceptuadas de la misma las escuelas que participan del Desfile Cívico Militar.
• El 17 de Agosto: El día hábil anterior con un acto por turno, sin suspensión de actividades, en la primera o última hora de clase.
• El 25 de Agosto: El día hábil anterior con un acto por turno, sin suspensión de actividades, en la primera o última hora de clase.
• El 11 de Septiembre: El día hábil anterior con un acto por turno, sin suspensión de actividades, en la primera o última hora de clase.



Estarán presididos por la Bandera Nacional y la Bandera de San Luis y
con la entonación del Himno Nacional Argentino. FORMA 1


 Los docentes que presten servicios en más de un establecimiento concurrirá a uno de los actos debiendo asistir en forma rotativa y optar en todos los casos por aquellos en cuya preparación previa hubieran participado.

 La conmemoración será organizada por el Equipo de Conducción y los responsables designados, ajustándose a la planificación dispuesta en el P.E.I. (Proyecto Educativo Institucional) a inicios del Ciclo Lectivo.

Las siguientes fechas deberán ser conmemoradas en el transcurso de los días de la semana en que ocurren, mediante el dictado de clases alusivas y actividades relacionadas con la fecha, las que serán organizadas por las autoridades escolares de forma tal que profundicen el conocimiento y significado de la conmemoración. El acto se llevará a cabo el mismo día o el anterior si no fuera hábil.

Estarán presididos por la Bandera Nacional y la Bandera de San Luis y la entonación del Himno Nacional Argentino. FORMA 2

• 2 de Abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
• 1 de Mayo: Día del trabajador.
• 10 de Junio: Día de la Reafirmación de los Derechos Argentinos sobre las Islas Malvinas, Islas del Sector Atlántico Sur y Sector Antártico Argentino.
• 11 de Octubre: El último día de Libertad de los Pueblos Originarios.
• 10 de Noviembre: Día de la Tradición.
Las restantes conmemoraciones se desarrollarán de acuerdo a lo previsto en el Proyecto Educativo Institucional y consistirán en clases alusivas, carteleras, explicaciones, proyecciones, etc. En las que participarán alumnos, docentes y miembros de la comunidad o personalidades relevantes del medio.

8) Actos oficiales.
Para los actos oficiales en los que participen delegaciones de alumnos y docentes se deberá contar con la autorización de los padres o tutores y extremar las medidas de seguridad desde la salida del establecimiento hasta el ingreso al mismo. En todos los casos los alumnos deberán ser acompañados por la cantidad de personal docente que la delegación requiera.

9) Reunión de personal.
Las reuniones de personal se ajustarán a:

• Reuniones generales o parciales se realizarán en horario que no provoque ni suspensión de clases ni ausencia del docente.
• Cuando un miembro del equipo de conducción, docente, administrativo, de maestranza, ocasionalmente deba cumplir dos actividades simultáneas en distintos establecimientos, asistirá a uno y no se le computará inasistencia en el otro. A tal efecto deberá anunciar con anticipación su ausencia y presentar posteriormente a la autoridad correspondiente el respectivo comprobante.
• Los directivos procurarán evitar que las reuniones de personal o la integración de mesas examinadoras interfieran las actividades de aquellos docentes que se encuentren a cargo directo de alumnos.
• Cuando no haya posibilidad de encontrar una solución acorde con lo expresado, se observará el siguiente orden de prelación:
1- Integración de comisiones examinadoras.
2- Dictado de clases.
3- Reuniones de personal.
• Se computará inasistencia del personal que no participe de actividades dispuestas por las autoridades competentes.

10) Actos de Iniciación y Finalización del término lectivo.
El día de iniciación de las clases, se realizará en la primera hora de cada turno, un acto de apertura en el cual un directivo del establecimiento expondrá los criterios generales de trabajo institucional, dará la bienvenida al personal y alumnado y propiciará la participación de los padres en la tarea educativa.
Los establecimientos realizarán un Acto de Fin de Año y Colación de Grados, como actividad única, que despedirá a los alumnos que culminen los estudios de nivel y reunirá a docentes, alumnos y miembros de la comunidad.

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